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Cierre de fronteras (Decisión Administrativa 643/2021)

Se pone en conocimiento que el 25 de junio se publicó la Decisión Administrativa 643/2021 y la Disposición DNM 1798/2021 que introducen cambios a las condiciones de ingreso a la Argentina.

A tener en cuenta:

Se suspenden las excepciones de ingreso por cuestiones impostergables para ciudadanos extranjeros no residentes que sean familiares directos de ciudadanos argentinos o residentes. Todo ciudadano extranjero no residente requerirá autorización previa de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) y se considerarán únicamente casos por razones humanitarias debidamente fundamentadas y documentadas.

Se establece un cupo de 600 plazas diarias en vuelos de pasajeros para el reingreso al territorio nacional de los argentinos y residentes que se encuentren en el exterior.

Se mantiene la suspensión de los vuelos provenientes de Brasil, Chile, India, Reino Unido, Turquía y los países del continente africano.

Las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires determinarán los lugares en los que los pasajeros que ingresen al territorio nacional entre el 1 de julio y el 31 de agosto deberán realizar el aislamiento de (10) diez días desde que le fuera efectuada la prueba de PCR negativa previo al embarque en el extranjero. Además, los viajeros deberán realizarse una prueba para SARS-CoV-2 al séptimo día del ingreso como condición de finalización del aislamiento obligatorio. El costo del alojamiento y los testeos serán asumidos por la persona que ingresa al país.

Continúa la suspensión de ingreso por motivos turísticos.

* Se recomienda firmemente a los ciudadanos argentinos y extranjeros residentes evitar los viajes al exterior que no sean imprescindibles a los fines de prevenir inconvenientes para el retorno a la Argentina dada la rápida evolución de la pandemia.

Para mayor información: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/246100/20210626

 

 

Fecha de actualización: 29/06/2021